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Objeto de la Ley 679 de
2001 "Del uso de redes globales de información en
relación con menores"
Descargar
la Ley 679 de 2001 en formato PDF.
Dictar
medidas de protección contra la explotación, la pornografía y el
turismo sexual y demás formas de abuso sexual con menores de
edad, mediante el establecimiento de normas de carácter
preventivo y sanciona torio, y la expedición de otras
disposiciones en desarrollo del artículo 44 de la Constitución
Colombiana.
¿Que
hace el Gobierno Colombiano con estas denuncias de páginas con
pornografía con menores de edad en Internet?
El Ministerio de Comunicaciones,
a partir de las obligaciones de la Ley 679 del 3 de agosto de
2001 implementó dos puntos de información y denuncia. Una línea
telefónica gratuita nacional 01 8000
912667 y este Sitio Web
www.internetsano.gov.co.
Las denuncias recibidas por el Ministerio de Comunicaciones
sobre páginas de pornografía con menores de edad en Internet son
enviadas a la Policía Nacional y/o al Departamento
Administrativo de Seguridad DAS, estas entidades adelantan el
proceso de verificación, análisis e investigación de los URL y a
su vez suministran al Ministerio de Comunicaciones un listado de
URL clasificados como pornografía con menores de edad en
Internet. El Ministerio con este listado, expide un acto
administrativo exigiendo a los ISP (Proveedor de acceso a
Internet) el bloqueo de estas páginas en Colombia.
Colombia aprende -
http://www.colombiaaprende.edu.co
Instituto colombiano de bienestar familiar -
http://www.icbf.gov.co
Acción contra la pornografía infantil -
http://www.asociacion-acpi.org
Fondo de las naciones unidas para la infancia -
http://www.unicef.org.co
Fundación renacer Colombia -
http://www.fundacionrenacer.org
Fundación esperanza -
http://www.fundacionesperanza.org.co |